Proceso de compra


31-0009-LPR23

EX-2023-15818142-   -APN-DC#SPF

ADQUISICIÓN DE COCINAS INDUSTRIALES

31/000 - Direccion de Contrataciones - SPF


Información básica del proceso

31-0009-LPR23

ADQUISICIÓN DE COCINAS INDUSTRIALES

ADQUISICIÓN DE COCINAS INDUSTRIALES DESTINADAS A LOS DISTINTOS ESTABLECIMIENTOS DE C.A.B.A, GRAN BUENOS AIRES E INTERIOR DEL PAIS DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Licitacion Privada

Única

Sin modalidad

Nacional

Peso Argentino

Decreto Delegado N° 1023/2001 Art. 25
Decreto N°1030/2016 Art.12

Se admite cotización parcial por renglón
Podrán cotizar, uno, varios o todos los renglones

Se podrá adjudicar un renglón parcialmente
Adjudicación por renglón

Orden de compra

Paso 550

90 Días corridos Acto de apertura

No

Requiere asesoría técnica
Área responsable: División Suministros D.G.A - Bermúdez 2801 Villa Devoto Teléfono: 45670239


No

No

No

Solicitudes de contratación asignadas al proceso

Número solicitud de contrataciónEstadoUnidad EjecutoraRubroTipo de urgenciaFecha creación
31-163-SCO22 Autorizada en Proceso31/000 - Direccion de Contrataciones - SPFARTICULOS DEL HOGARNormal22/12/2022

Detalle de productos o servicios

Número renglónObjeto del gastoCódigo del ítemDescripciónCantidadAcciones
14.3.74.3.7-18.90 COCINAS A GAS; CANTIDAD DE HORNALLAS: 4, LARGO X ANCHO: INDUSTRIAL 40,00 UNIDAD
24.3.74.3.7-18.89 COCINAS A GAS; CANTIDAD DE HORNALLAS: 6, LARGO X ANCHO: INDUSTRIAL 30,00 UNIDAD


Cronograma

12/05/2023 00:00 Hrs.

12/05/2023 00:00 Hrs.

12/05/2023 00:01 Hrs.

18/05/2023 16:00 Hrs.

2

29/05/2023 16:00 Hrs.

Pliego de bases y condiciones generales

Pliego de Bases y Condiciones GeneralesDisposición aprobatoriaFecha creación

IF-2019-98574914-APN-DNCBYS#JGM

DI-2016-01714551-APN-ONC#MM

05/11/2019

Requisitos mínimos de participación

I. Requisitos económicos y financieros
Nº de requisito Descripción Tipo de documento
1 NO CORRESPONDE.
II. Requisitos técnicos
Nº de requisito Descripción Tipo de documento
1 NO SE DEBERÁ PRESENTAR DOCUMENTACIÓN.
III. Requisitos administrativos
Nº de requisito Descripción Tipo de documento
1 Declaración Jurada Que acredite el efectivo cumplimiento del Régimen de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores. (Artículo 4 Inciso d.1) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Requiere adjuntar documentación electrónica
2 Los Oferentes deberán presentar Declaración Jurada de Intereses, que obra como “Anexo 2” del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en cumplimiento del artículo 1° del Decreto N° 202/2017, en concordancia con la Resolución N° 11 - E/2017 de la ex Secretaría de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción y de cuyo texto surge: “Toda persona que se presente en un procedimiento de contratación pública o de otorgamiento de una licencia, permiso, autorización, habilitación o derecho real sobre un bien de dominio público o privado del Estado, llevado a cabo por cualquiera de los organismos y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, debe presentar una “Declaración Jurada de Intereses” en la que deberá declarar si se encuentra o no alcanzada por alguno de los siguientes supuestos de vinculación, respecto del Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros y demás Ministros y autoridades de igual rango en el Poder Ejecutivo Nacional, aunque estos no tuvieran competencia para decidir sobre la contratación o acto de que se trata: a) Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad b) Sociedad o comunidad, c) Pleito pendiente, d) Ser deudor o acreedor, e) Haber recibido beneficios de importancia, f) Amistad pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato. En caso de que el declarante sea una persona jurídica, deberá consignarse cualquiera de los vínculos anteriores, existentes en forma actual o dentro del último año calendario, entre los funcionarios alcanzados y los representantes legales, sociedades controlantes o controladas o con interés directo en los resultados económicos o financieros, director, socio o accionista que posea participación, por cualquier título, idónea para formar la voluntad social o que ejerza una influencia dominante como consecuencia de acciones, cuotas o partes de interés poseídas. Para el caso de sociedades sujetas al régimen de oferta pública conforme a la Ley N° 26.831 la vinculación se entenderá referida a cualquier accionista o socio que posea más del CINCO POR CIENTO (5%) del capital social.” Y consecuentemente el Artículo 2º: “Deberá presentarse idéntica declaración y en los mismos supuestos previstos en el artículo 1º, cuando la vinculación exista en relación al funcionario de rango inferior a ministro que tenga competencia o capacidad para decidir sobre la contratación o acto que interese al declarante.” Se hace saber que los funcionarios con competencia o capacidad de decisión sobre la presente licitación son los establecidos en el “Anexo 5”. Requiere adjuntar documentación electrónica
3 Formulario de Declaración Jurada de Contenido Nacional del Bien de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4, inciso d.2 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares Requiere adjuntar documentación electrónica

Cláusulas particulares

DocumentoNúmero GDENúmero especialFecha vinculaciónOpciones
Clausulas Particulares PLIEG-2023-34140276-APN-DC#SPF 09/05/2023

Garantías

Garantía de impugnación a la evaluación
La garantía de impugnación a la evaluación deber ser del tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
Garantía de mantenimiento de oferta
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser del 5,00% sobre el monto total de la oferta
Este proceso de compra No requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta para las ofertas menores a 1000 módulos y para aquellas excepciones enumeradas en la normativa vigente.
Garantía de cumplimiento de contrato
La garantía de cumplimiento de contrato debe ser del 10,00% del monto del contrato
Este proceso de compra No requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto total del documento contractual no supere los 1000 módulos y para aquellas excepciones enumeradas en la normativa vigente.

Este proceso de compra No requiere incorporar contragarantía.


Información del contrato

A partir del perfeccionamiento del documento contractual

30 Días hábiles

Penalidades

Nº penalidad Descripción
1 Artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1023/2001 - PENALIDADES Y SANCIONES. Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones: a) PENALIDADES. 1. Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. 2. Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 3. Rescisión por su culpa. b) SANCIONES. Sin perjuicio de las correspondientes penalidades los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes sanciones, en los supuestos de incumplimiento de sus obligaciones: 1. Apercibimiento 2. Suspensión. 3. Inhabilitación. A los efectos de la aplicación de las sanciones antes mencionadas, los organismos deberán remitir al Órgano Rector copia fiel de los actos administrativos firmes mediante los cuales hubieren aplicado penalidades a los oferentes o cocontratantes.
2 Artículo 102 del Decreto N° 1030/2016 - CLASES DE PENALIDADES. Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes serán pasibles de las penalidades establecidas en el artículo 29 del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, cuando incurran en las siguientes causales: a. Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta: 1.- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento. b. Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato: 1.- Por incumplimiento contractual, si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad. 2.- Por ceder el contrato o subcontratar sin autorización de la jurisdicción o entidad contratante. Cuando se configure alguna de las causales enumeradas en los incisos a) y b) del presente artículo y el oferente, adjudicatario o cocontratante esté exceptuado de presentar garantía igualmente corresponderá aplicar la penalidad de pérdida de la garantía correspondiente quedando de esa forma obligado a responder por el importe de la garantía no constituida, de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el presente reglamento. c. Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones: 1.- Se aplicará una multa del CERO COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05 %) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada día hábil de atraso. 2.- En el caso de los contratos de servicios o de tracto sucesivo, los pliegos de bases y condiciones particulares podrán prever la aplicación de multas por distintas faltas vinculadas a las prestaciones a cargo del proveedor. 3.- En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100 %) del valor del contrato. d. Rescisión por su culpa: 1.- Por incumplimiento contractual, si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad. 2.- Por ceder el contrato o subcontratar sin autorización de la jurisdicción o entidad contratante. 3.- En caso de no integrar la garantía de cumplimiento del contrato luego de la intimación cursada por la jurisdicción o entidad contratante, quedando obligado a responder por el importe de la garantía no constituida de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el presente reglamento. La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél. La jurisdicción o entidad contratante se abstendrá de aplicar penalidades cuando el procedimiento se deje sin efecto por causas no imputables al proveedor que fuera pasible de penalidad.
3 Según Articulo 14 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Anexos ingresados

Nombre del AnexoTipoDescripciónAcciones
IF-2023-16695617-APN-DNCBYS#JGM.pdf Administrativo En virtud a la entrada en vigencia en fecha 06 de Diciembre de 2022 del Decreto N° 811/22, comenzará a regir para el procedimiento que nos ocupa el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional IF-2023-16695617-APN-DNCBYS#JGM.

Ofertas al proceso de compra

Proveedores participantes: 8
Ofertas confirmadas: 5

Actos administrativos

DocumentoNúmero GDENúmero especialFecha vinculaciónOpciones
Autorización pliego DI-2023-51744561-APN-SDNSPF#SPF DI-2023-1382-SDNSPF#SPF 09/05/2023
Autorización llamado DI-2023-51744561-APN-SDNSPF#SPF DI-2023-1382-SDNSPF#SPF 09/05/2023
Adjudicación y OC DI-2023-89844981-APN-SDNSPF#SPF DI-2023-2341-SDNSPF#SPF 09/08/2023

Actas de apertura

DocumentoFecha creaciónAcciones
Acta de Apertura

29/5/2023

Dictamenes de evaluación de ofertas

DocumentoFecha creaciónEstadoJustificaciónAcciones
Dictamen de Evaluación

7/7/2023

Autorizado

Documento contractual por proveedor

NúmeroNombre proveedorNúmero CUITTipoEstadoFecha perfeccionamientoMontoMoneda
31-0032-OC23 SERVIACAMPO SRL30715448323 Original Cumplido09/8/202312.361.690,00Peso Argentino