Proceso de compra


31-0087-LPU24

EX-2024-132538012-   -APN-DC#SPF

SALIDAS ALTERNATIVAS DE EVACUACION PERTENECIENTES AL CPF-CABA

31/000 - Direccion de Contrataciones - SPF


Información básica del proceso

31-0087-LPU24

SALIDAS ALTERNATIVAS DE EVACUACION PERTENECIENTES AL CPF-CABA

SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN DE SALIDAS ALTERNATIVAS DE EVACUACIÓN CORRESPONDIENTE AL COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Licitacion Pública

Única

Sin modalidad - Llave en mano

Nacional

Peso Argentino

Decreto Delegado N° 1023/2001 Art. 25
Decreto N°1030/2016 Art.10

No admite cotización parcial por renglón
Deberán cotizar todos los renglones

Cada renglón se adjudicará en forma total
Adjudicación total a un proveedor

Orden de compra

Paso 550

90 Días corridos Acto de apertura

No

Requiere asesoría técnica
Área responsable: DIRECCIÓN DE TRABAJO Y PRODUCCIÓN sito en la Av. San Juan Nº 369 (1147), Ciudad Autònoma de Buenos Aires – Tel (+5411) 4361-8642.


No

No

No

Solicitudes de contratación asignadas al proceso

Número solicitud de contrataciónEstadoUnidad EjecutoraRubroTipo de urgenciaFecha creación
31-48-SCO24 Autorizada en Proceso31/000 - Direccion de Contrataciones - SPFSERV. PROFESIONAL Y COMERCIALNormal24/04/2024

Detalle de productos o servicios

Número renglónObjeto del gastoCódigo del ítemDescripciónCantidadAcciones
13.4.93.4.9-9164.1 REMODELACION DE EDIFICIO; DESCRIPCION: REMODELACION DE EDIFICIO 1,00 SERVICIO


Cronograma

16/09/2025 00:00 Hrs.

16/09/2025 00:00 Hrs.

16/09/2025 00:01 Hrs.

13/11/2025 16:00 Hrs.

2

20/11/2025 16:00 Hrs.

Pliego de bases y condiciones generales

Pliego de Bases y Condiciones GeneralesDisposición aprobatoriaFecha creación

DI-2024-79130471-APN-ONC#JGM

DI-2024-79130471-APN-ONC#JGM

31/08/2024

Requisitos mínimos de participación

I. Requisitos económicos y financieros
Nº de requisito Descripción Tipo de documento
1 No se deberá presentar documentación.
II. Requisitos técnicos
Nº de requisito Descripción Tipo de documento
1 No se deberá presentar documentación.
III. Requisitos administrativos
Nº de requisito Descripción Tipo de documento
1 Los Oferentes deberán presentar Declaración Jurada en cumplimiento al “Sistema de Protección Integral de los Discapacitados”, que obra como “Anexo 4” del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en la cual se manifieste que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, en los procedimientos de selección que tengan por objeto la tercerización de servicios, a los fines de cumplir con la obligación establecida en el artículo 7° del Decreto N° 312 de fecha 2 de marzo de 2010, según artículo 13 inciso i) apartado 4) de la disposición 63-E/2016 ONC y sus modificatorias. Dicho porcentaje resultará exigible cuando sea posible cuantitativamente cumplir con el mismo, o sea, que tal porcentaje represente al menos una persona. Si por las particularidades del servicio no resultara posible contar con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para cumplir con la prestación, el oferente deberá presentar una declaración jurada manifestando dicha circunstancia al momento de presentar su oferta en la que deberá fundamentar tal imposibilidad. Requiere adjuntar documentación electrónica
2 Los Oferentes deberán presentar la “Declaración Jurada de Intereses” prevista en el Decreto N° 202/2017, mediante el Formulario Digital habilitado por la Oficina Anticorrupción. Para eso deberán ingresar al “TAD” con clave fiscal y seleccionar el trámite denominado “Presentación de Declaración Jurada de Intereses del Decreto 202/17” con la descripción “#Oficina Anticorrupción – OA. El trámite permite cumplir la declaración jurada de intereses, tanto de personas humanas, como de personas jurídicas. Deberán descargar el formulario y acompañarse como documento adjunto con la oferta. A fin de que los interesados puedan cumplir con la obligación establecida en el artículo 2º del Decreto Nº 202/17, relativa a funcionarios de rango inferior a Ministro que tengan competencia o capacidad para decidir sobre el procedimiento en cuestión, se detallan a continuación los nombres y cargos de dichos funcionarios. A todo evento, se hace saber que, ante un cambio sobreviniente de autoridades, resultará de aplicación lo dispuesto en la Circular de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN N° 2, del 19 de octubre de 2021 o la que en el futuro la reemplace. El Funcionario con competencia para autorizar la convocatoria y elección del procedimiento, aprobar el pliego de bases y condiciones particulares, dejar sin efecto y declarar desierto el procedimiento: • Inspector General Licenciado Fernando Julián MARTINEZ - DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL Sin perjuicio de lo anterior, los oferentes deberán contar con la “Declaración Jurada de Intereses” actualizada en SICO-PRO. En oportunidad de presentarse como oferente en el presente procedimiento de selección, deberá verificar si corresponde modificar lo declarado oportunamente en SICO-PRO. Para ello, deberán ingresar al “TAD”, y seleccionar el trámite correspondiente entre las siguientes opciones: - Presentación declaración jurada de intereses – Persona Humana. – Presentación declaración jurada de intereses – Persona Jurídica, y consignar en el formulario los datos que correspondan.” Requiere adjuntar documentación electrónica
3 Presentar las “Declaraciones Juradas de Habilidad para Contratar y de Elegibilidad” (Artículo 4, Inciso e.3, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares). Requiere adjuntar documentación electrónica

Cláusulas particulares

DocumentoNúmero GDENúmero especialFecha vinculaciónOpciones
Clausulas Particulares PLIEG-2025-65950914-APN-DC#SPF 12/09/2025

Garantías

Garantía de impugnación a la evaluación
La garantía de impugnación a la evaluación deber ser del tres por ciento (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
Garantía de mantenimiento de oferta
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser del 5,00% sobre el monto total de la oferta
Este proceso de compra No requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta para las ofertas menores a 1000 módulos y para aquellas excepciones enumeradas en la normativa vigente.
Garantía de cumplimiento de contrato
La garantía de cumplimiento de contrato debe ser del 10,00% del monto del contrato
Este proceso de compra No requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto total del documento contractual no supere los 1000 módulos y para aquellas excepciones enumeradas en la normativa vigente.

Este proceso de compra No requiere incorporar contragarantía.


Información del contrato

A partir del perfeccionamiento del documento contractual

365 Días corridos

Penalidades

Nº penalidad Descripción
1 Artículo 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/2001 — PENALIDADES Y SANCIONES. Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones: a) PENALIDADES. 1. Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. 2. Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. 3. Rescisión por su culpa. b) SANCIONES. Sin perjuicio de las correspondientes penalidades los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes sanciones, en los supuestos de incumplimiento de sus obligaciones: 1. Apercibimiento 2. Suspensión. 3. Inhabilitación. A los efectos de la aplicación de las sanciones antes mencionadas, los organismos deberán remitir al Organo Rector copia fiel de los actos administrativos firmes mediante los cuales hubieren aplicado penalidades a los oferentes o cocontratantes.
2 Artículo 102 del Decreto N° 1030/2016 - CLASES DE PENALIDADES. Los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes serán pasibles de las penalidades establecidas en el artículo 29 del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorios y complementarios, cuando incurran en las siguientes causales: a. Pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta: 1.- Si el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento. b. Pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato: 1.- Por incumplimiento contractual, si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad. 2.- Por ceder el contrato o subcontratar sin autorización de la jurisdicción o entidad contratante. Cuando se configure alguna de las causales enumeradas en los incisos a) y b) del presente artículo y el oferente, adjudicatario o cocontratante esté exceptuado de presentar garantía igualmente corresponderá aplicar la penalidad de pérdida de la garantía correspondiente quedando de esa forma obligado a responder por el importe de la garantía no constituida, de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el presente reglamento. c. Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones: 1.- Se aplicará una multa del CERO COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05 %) del valor de lo satisfecho fuera de término por cada día hábil de atraso. 2.- En el caso de los contratos de servicios o de tracto sucesivo, los pliegos de bases y condiciones particulares podrán prever la aplicación de multas por distintas faltas vinculadas a las prestaciones a cargo del proveedor. 3.- En ningún caso las multas podrán superar el CIEN POR CIENTO (100 %) del valor del contrato. d. Rescisión por su culpa: 1.- Por incumplimiento contractual, si el cocontratante desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara la Comisión de Recepción, en todos los casos, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad. 2.- Por ceder el contrato o subcontratar sin autorización de la jurisdicción o entidad contratante. 3.- En caso de no integrar la garantía de cumplimiento del contrato luego de la intimación cursada por la jurisdicción o entidad contratante, quedando obligado a responder por el importe de la garantía no constituida de acuerdo al orden de afectación de penalidades establecido en el presente reglamento. La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél. La jurisdicción o entidad contratante se abstendrá de aplicar penalidades cuando el procedimiento se deje sin efecto por causas no imputables al proveedor que fuera pasible de penalidad.
3 Según Articulo 14 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Anexos ingresados

Nombre del AnexoTipoDescripciónAcciones
DI-2024-79130471-APN-ONC%JGM.pdf Administrativo PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES

Actos administrativos

DocumentoNúmero GDENúmero especialFecha vinculaciónOpciones
Autorización pliego DI-2025-99751958-APN-SPF#MSG DI-2025-1287-SPF#MSG 12/09/2025
Autorización llamado DI-2025-99751958-APN-SPF#MSG DI-2025-1287-SPF#MSG 12/09/2025

Circulares

Fecha de publicaciónTipoAcciones
1 17/10/2025 Con consulta